Decreto Supremo Nº 25514
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Mercado de Valores Nº.1834 de fecha 31 de marzo de 1998, faculta al Poder Ejecutivo reglamentarla, para adecuar su aplicación a las necesidades de las entidades que operan en el mercado.
Que conforme lo previsto en el artículo 85º de la Ley del Mercado de Valores, es necesario reglamentar mediante norma especial el proceso de titularización y los participantes que intervienen en dicho proceso, cuyas normas generales están contendidas en el Capítulo único, TÍTULO VIII de la Ley Número 1834.
Que en desarrollo del citado artículo 85 y de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 15º de la Ley del Mercado de Valores, la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, en el marco de la
Ley Nº 1834 ha propuesto las normas complementarias reglamentarias para regular el proceso de titularización.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. (Objeto) El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas generales que regulan la organización y actividades de las Sociedades de Titularización y el proceso de titularización, de acuerdo al
CAPÍTULO ÚNICO, TÍTULO VIII de la
Ley Nº 1834 de 31 de marzo de 1998, en adelante Ley del Mercado de Valores.
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