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DECRETO SUPREMO No 25-03-1930 del 25 de Marzo de 1930 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: CASA NACIONAL DE MONEDA.-SE AMPLÍA A 500 COLECCIONES LA AUTORIZACIÓN CONCEDIDA AL DIRECTOR DE LA CASA NACIONAL DE MONEDA DE POTOSI, PARA REACUÑAR MONEDAS Y MEDALLAS ANTIGUAS.



DECRETO SUPREMO
CASA NACIONAL DE MONEDA.-Se amplía a 500 colecciones la autorización concedida al Director de la Casa nacional de moneda de Potosi, para reacuñar monedas y medallas antiguas.
HERNANDO SILES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo de 8 de agosto de 1927, se autorizó al Director de la Casa Nacional de Moneda de Potosí para que mande acuñar cincuenta colecciones de las monedas y medallas labradas en la época de la Colonia y los primeros años de la República.- Que el conocimiento de la numismática del país contribuye a su propaganda y al mejor conocimiento de su historia, aparte de que la acuñación producirá ingresos apreciables al erario;

DECRETO:


ARTÍCULO 1º- Se amplia a quinientas colecciones la autorización dada por Decreto Supremo de 8 de agosto de 1927 al Director de la Casa Nacional de Moneda de Potosí, para reacuñar las monedas y medallas antiguas que se especifican en el mismo decreto.


ARTÍCULO 2º- Para cubrir los gastos que demande la reacuñación, se destina Bs. 95,500. -, que se tomarán del ingreso resultante del nuevo contrato que se ha de hacer para la administración del monopolio de fósforos, debiendo ponerse dicha suma a disposición del Prefecto del Departamento de Potosí.


ARTÍCULO 3º- La distribución de las colecciones ...

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