Decreto Supremo Nº 24746
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 regula la aplicación de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales, para programar y organizar actividades, ejecutarlas y controlar la gestión del sector público.
Que, el Artículo 11 de la citada Ley establece que el Sistema de Tesorería y Crédito Público manejará los ingresos, el financiamiento y los compromisos, obligaciones y pagos para ejecutar el presupuesto de gastos, identificando a los responsables de la contratación de deuda pública interna y externa y de corto y largo plazo.
Que de conformidad al Artículo 8 de la
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 el objeto del Sistema de Presupuesto es la provisión de montos y fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual y su asignación a los requerimientos monetarios de la Programación de Operaciones y de la Organización Administrativa adoptada, facilitando el control de resultados, el cumplimiento de los programas y la eficiencia de la gestión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Derógase el Artículo 45 inciso b) del
Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993. Reglamento de la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, sustituyéndolo por el siguientes texto:
"b) Subsecretaría de ...
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