DECRETO SUPREMO Nº 24643
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE EL ARTÍCULO 24 DEL
DECRETO SUPREMO 23968 DE 24 DE FEBRERO DE 1995, REGLAMENTARIO DE LA LEY DE REFORMA EDUCATIVA, DISPONE QUE LOS FONDOS RESULTANTES DE LOS DESCUENTOS DISPUESTOS POR PAROS, HUELGA E INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS, SERÁN DESTINADOS A LAS UNIDADES ESCOLARES DONDE SE HUBIERAN PRODUCIDO TALES INTERRUPCIONES DE TRABAJO EDUCATIVO, ENCARGANDO A LAS JUNTAS ESCOLARES DE ESAS UNIDADES LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS CON EL APOYO TÉCNICO DEL DIRECTOR DE LA UNIDAD, RECURSOS QUE SERÁN DESEMBOLSADOS AL MES SIGUIENTE DE HABERSE RECUPERADO;
.- Que el
decreto supremo 24445 de 18 de diciembre de 1996 crea el programa de Apoyo Solidario a las Escuelas, PASE, como parte integral del programa de Mejoramiento de la Reforma Educativa, que se traduce en la asignación de recursos económicos a unidades educativas y núcleos escolares, bajo dos subprogramas: infraestructura para refacción, ampliación y acondicionamiento de las escuelas o núcleos existentes y equipamiento para la dotación de mobiliario y materiales educativos;
Que es preciso en ese marco legal canalizar en mejor forma los descuentos provenientes de la aplicación del artículo 24 del
decreto supremo 23968, mediante el programa de Apoyo Solidario a las Escuelas, PASE, que cuenta con mecanismos adecuados que permiten una efectiva y ...
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