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DECRETO SUPREMO No 24514 del 04 Marzo 1997 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se exceptúa a Y.P.F.B. del cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 16 y 17 del decreto supremo 24468 de 15 de enero de 1997.


Decreto Supremo Nº 24514

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la Ley Nº 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización), Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos YPFB) realizó un conjunto de actividades a efecto de su proceso de capitalización, sin haber incrementado su personal;

Que las transformaciones requeridas para concluir el proceso de capitalización de YPFB han originado modificaciones en su estructura administrativa, siendo necesario dotar a esa empresa estatal de una nueva estructura salarial, tanto para la transferencia de sus unidades de negocio a ser capitalizadas como para la futura organización corporativa remanente.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se exceptúa a YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS del cumplimiento de lo dispuesto por los artículo 16 y 17 del Decreto Supremo Nº 24468 de 15 de enero de 1997, en razón del proceso de su capitalización.

ARTÍCULO 2. Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos a pagar en forma mensual a los trabajadores que serán transferidos a las tres empresas capitalizadoras de sus Unidades de Negocio, el valor equivalente a una duodécima del Bono de Producción y una duodécima de la Prima de Utilidades.

ARTÍCULO 3. A partir del 1ro. de enero de 1997, el haber total mensual de los trabajadores de YPFB que serán transferidos ...

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