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DECRETO SUPREMO No 24229 del 08 Febrero 1996 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Los procesos desordenamiento de los activos; bienes, valores, acciones y derechos continuarán efectuándose de conformidad con la Ley 1330 de 24 de abril de 1992.


Decreto Supremo Nº 24229

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1654 de 28 de julio de 1905 (Ley de Descentralización Administrativa) regula el Régimen de Descentralización Administrativa del Poder Ejecutivo a nivel departamental, que consiste en la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico-administrativo no privativas del Poder Ejecutivo a nivel Nacional.

Que el artículo 1ro de la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992 (Ley de Privatización) autoriza a las instituciones, entidades y empresas del sector público enajenar los activos, bienes, valores, acciones y derechos de su propiedad y transferirlos a personas naturales y colectivas nacionales o extranjeras, o aportar los mismos a la constitución de nuevas sociedades a anónimas mixtas.

Que el artículo 3° de la Ley de Privatización establece que el Consejo Nacional de Economía y Planificación (CONEPLAN) normara y fiscalízara los procesos y definición de las estrategias para la transferencia o disolución de las empresas públicas y actuará como el único representante de los intereses del Estado en la venta o disolución de las mismas.

Que el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 23991 de 10 de abril de 1995 dispone que el Consejo de Desarrollo Nacional (CODENA) cumplirá las funciones establecidas en la Ley Nº 1330 para el CONEPLAN y actuará como instancia ...

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