Decreto Supremo Nº 24228
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Tratado de Montevideo de 1980, suscrito por la República de Bolivia en 12 de agosto de 1980 y ratificado por
Decreto Supremo Nº 18508 de23 de julio de 1981, instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADL en sustitución de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, ALALC;
Que el Gobierno de Bolivia y los gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR firmaron el 7 de diciembre de 1995, el acuerdo de alcance parcial de complementaron económica 34, puesto en vigencia por el
Decreto Supremo Nº 24201 de 23 de diciembre de 1995, que concretó la multilateralización de las preferencias que se tenían negociadas en los acuerdos de alcance parcial de complementaron económica números 19, 26, 29 y 15, suscritos por Bolivia en el marco del Tratado de Montevideo 1980 con Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, respectivamente.
Que fue suscrito por el Gobierno de la República de Bolivia y los gobiernos de los Estados Panes del MERCOSUR, el primer protocolo adicional al acuerdo de complementaron económica 34, el 26 de diciembre de 1995. con el fin de registrar los cuatro anexos del referido acuerdo.
Que es necesario disponer la vigencia administrativa del citado instrumento jurídico internacional, para el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno de Bolivia, de conformidad ...
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