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DECRETO SUPREMO No 24059 del 06 Julio 1995 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Dispónese la exención total del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) para la importación de los siguientes productos procedentes de la República Argentina a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo.



DECRETO SUPREMO Nº 24059
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


C O N S I D E R A N D O:

Que mediante el Tratado de Montevideo de 1980, suscrito por la República de Bolivia en 12 de agosto de 1980 y ratificado por Decreto Supremo 18508 de 23 de julio de 1981, se instituyó la Asociación Latinoamérica de Integración -ALADI, en sustitución de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio - ALALC,
Que en el marco del Tratado de Montevideo de 1980 el Gobierno de Bolivia suscribió el Acuerdo al Alcance Parcial para la Liberación del Comercio de Hidrocarburos y sus Derivados con la República Argentina, en 18 de marzo de 1994;
Que el mencionado Acuerdo de Alcance Parcial fue puesta en vigencia por Decreto Supremo 23827 de 2 de agosto de 1994, concediendo la exención del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) a los productos del Anexo del señalado Acuerdo de Alcance parcial, excepto para grasas, aceites lubricantes, naftas, y los demás derivados de los hidrocarburos;
Que el Gobierno de Bolivia en el Acta de la Reunión de los Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Bolivia y Argentina, suscrito el 6 de marzo de 1995; se comprometió a un cronograma de desgravación arancelaria para las grasas, los aceites lubricantes y naftas procedentes de la Argentina en los ...

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