Decreto Supremo Nº 23019
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1, 991 aprobó el presupuesto general de la nación, para su vigencia en la gestión 1, 991;
Que la Empresa Nacional de Transporte Automotríz, ENTA solicita acogerse al beneficio del incremento salarial dispuesto por el
Decreto Supremo Nº 22739 de 1 de marzo de 1, 991, para el personal eventual;
Que el Ministerio de Finanzas señala, mediante sus direcciones de Organización Normas y Procedimientos Administrativos y de Programación Presupuestaria, que ENTA figura como actividad 04 "Liquidación Enta" dentro del Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronaútica Civil, según revisión del presupuesto 1, 991 de éste, necesitando la mencionada empresa el traspaso intrainstitucional que solicita, como refuerzo presupuestario en diferentes partidas, especialmente la del grupo 100 "Servicios personales", para la aplicación del
Decreto Supremo Nº 22739 en su precepto que fija el incremento salarial, que no fué aplicado en la entidad, razón que fundamenta el traspaso solicitado;
Que los traspasos que generen incremento del grupo 100 "Servicios personales" deben ser aprobados únicamente mediante decreto supremo, según dispone el artículo 13 literal c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1, 990.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
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