Decreto Supremo Nº 22999
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el presupuesto consolidado del sector público gestión 1991, fué aprobado mediante
Ley Nº 1231, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;
Que el Instituto Boliviano de Cultura, solicita la aprobación de un presupuesto adicional, con fondos que el fueron devueltos por la Empresa SIDCOM S. R. L. y que serán destinados a la adquisición de equipo de oficina;
Que la atribución séptima del artículo 96 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República, proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 7 de la
Ley Nº 1231.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Instituto Boliviano de Cultura por la suma Bs.25.000.- (VEINTICINCO mil 00/100 BOLIVIANOS), provenientes de la devolución del préstamo otorgado a la Empresa SIDCOM S. R. L., para el avance de trabajos en la primera etapa de remodelación del Palacio Chico y que no estaban previstos en la
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991, de acuerdo al siguiente detalle:
PRESUPUESTO ADICIONAL
PRESUPUESTO DE RECURSOS
GESTION 1991 - (EN BOLIVIANOS)
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