Decreto Supremo Nº 22994
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto consolidado del sector público, gestión 1991, fué aprobado mediante
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;
Que el Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil solicita la aprobación de un traspaso intrainstitucional de recursos, para atender el pago de haberes al personal declarado en comisión durante la tramitación de sus rentas de vejez;
Que el artículo 13 literal c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por
Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990, dispone que los traspasos que signifiquen incrementos al grupo 100 "Servicios Personales" de la institución serán aprobados únicamente mediante decreto supremo
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, para que efectúe en su presupuesto aprobado gestión 1991, el siguiente traspaso intrainstitucional de recursos, por ONCE mil CIENTO VEINTE 00/100 BOLIVIANOS (Bs11.120):
ORGANISMO :MINISTERIO DE TRANSPORTES COMUNICACION Y AERONAUTICA CIVILPROGRAMA 12 :POLITICAS DE AERONAUTICA CIVILACTIVIDAD 02 :DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL RECURSOS : TESORO NACIONAL - OTROS INGRESOSGESTION :1991
(EN BOLIVIANOS)
DE:
200SERVICIOS NO PERSONALES11.120220Servicios de Transporte y seguros11.120221Pasajes11.120TOTAL11.120
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