Decreto Supremo Nº 22993
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991, se aprobó el Presupuesto General de la Nación para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
Que, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, mediante Nota JEP/nfr.3.0.0.0./1083/91, de 30 de septiembre de 1991, solicita traspaso intrainstitucional de recursos;
Que, el Ministerio de Finanzas a través de la Dirección de Programación Presupuestaria y de la Unidad de Administración No Financiera, emiten los respectivos informes afirmativos por estar enmarcada la presente solicitud dentro de las claúsulas del contrato de rendimiento suscrita entre el Gobierno y SAMAPA en 26 de septiembre de 1991, la misma que no constituye ningún incremento adicional a la masa salarial.
Que, de conformidad al Art.20 inc. c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por
Decreto Supremo Nº 22572 se 13 de agosto de 1990, los traspasos que signifiquen incrementos al grupo 100 "Servicios Personales" deben ser aprobados mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase al Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), para que en su presupuesto aprobado Gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma Bs.365.450.- (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO mil CUATROCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al ...
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