DECRETO SUPREMO No 22883 del 31 de Julio de 1991 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Cónvócase a elecciones municipales para la elección de los miembros de los Concejos Municipales, de las Juntas Municipales y de Agentes Municipales, en todo el país, para el domingo 1ro. de diciembre de 1991.
Decreto Supremo Nº 22883
JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Electoral Municipal, en concordancia con la Constitución Política del Estado, establecen que los miembros los Concejos Municipales, Juntas Municipales y Agentes Municipales serán elegidos por sufragio popular; en elecciones que se realizarán cada dos años en todo el país, el primer domingo del mes de diciembre;
Que habiéndose efectuado la última elección para gobiernos municipales el 3 de diciembre de 1989, el mandato de los ciudadanos electos fenecerá transcurrido el período de 2 años que los reconoce el artículo 200 de la Constitución Política del Estado;
Que de acuerdo con el artículo 142 de la Ley Electoral, es atribución del Poder Ejecutivo expedir la respectiva disposición legal de Convocatoria a Elecciones Municipales, por lo menos con 120 días de anticipación a la fecha de los comicios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Convócase a elecciones municipales para la elección de los miembros de los Concejos Municipales, de las Juntas Municipales y de Agentes Municipales, en todo el país, para el domingo 1ro. de diciembre de 1991.
ARTÍCULO 2. Encomiéndase al Ministerio de Finanzas asignar las partidas presupuestarias necesarias a la Corte Nacional Electoral, para el correcto verificativo de las elecciones municipales.
Los señores Ministros ...
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