DECRETO SUPREMO Nº 22136
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el
decreto supremo 20960 de 26 de julio de 1985 aprobó y puso en vigencia el Reglamento de las agencias despachantes de aduana, con el objetivo esencial de regular su correcto y normal funcionamiento, en atención a los importantes servicios de intermediación que prestan entre el sector privado y el fisco, tanto en el campo técnico aduanero así como en el manejo de cuantiosos recursos económicos del sector privado para cumplimiento de sus obligaciones tributarias en aduana;
Que es necesario aprobar normas adecuadas para precautelar mejor los intereses del Estado, actualizando el Reglamento de las agencias despachantes de aduana;
QUE LA PROLIFERACIÓN DE SOLICITUDES DE EXENCIONES DE EXÁMENES, PERMITIDAS POR EL ARTICULO 10 DEL REGLAMENTO, APROBADO MEDIANTE EL
DECRETO SUPREMO 20960, HA DISTORSIONADO Y VULNERADO PROGRESIVAMENTE EL ESPÍRITU Y PROPÓSITOS DE ESTA MEDIDA DE EXCEPCIÓN, DESVIRTUANDO LA INTENCIÓN ESENCIAL DEL REGLAMENTO DE OBTENER UNA JERARQUIZACIÓN REAL DE LA FUNCIÓN.-
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Todo postulante a licencia de despachante de aduana, sin excepción alguna, debe someterse en audiencia pública, a partir de la vigencia ...
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