DECRETO SUPREMO Nº 21968
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
QUE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS SUSCRIBIÓ CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL CON LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS DE OPERACIÓN OCCIDENTAL BOLIVIANA INC.- , Canadian Occidental International Ltd. y Tesoro Bolivia Petroleum Company, en aplicación del artículo 20 de la llamada Ley General de Hidrocarburos, puesta en vigencia por
decreto 10170 de 28 de marzo de 1972.
Que el Gobierno boliviano y la empresa estatal de hidrocarburos contrajeron obligaciones en moneda norteamericana, en el marco de esos contratos, por la compra de gas natural para exportación a la República Argentina y petróleo destinado a la atención del mercado interno.
Que no se autorizó el cumplimiento de esas obligaciones a fin de no afectar las reservas de divisas disponibles, siendo más conveniente a los intereses del Estado, dada la situación financiera del país, pagar a las empresas contratistas con fondos por ventas de gas natural boliviano a la República Argentina, retenidos por ésta para su pago en bienes o servicios de ese país, obteniendo además la reinversión parcial de los importes de esos pagos en nuevas operaciones petrolíferas, dentro de las áreas de contrato de cada contratista.
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, atentas esas razones, ha suscrito los convenios de ...
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