DECRETO SUPREMO Nº 21443
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que al haberse declarado la veda de animales vivos silvestres, prohibiéndose la captura, acondicionamiento, comercialización y exportación, por el término de tres años, según lo dispuesto por el
Decreto Supremo 21312 de 27 de junio del presente ano, se ha reconocido como única excepción, 50.000 pieles de caimán "cocodriluscocodrilus" en favor de la Asociación de Industrias de Curtiembre de Saurios (ASICUSA) a condición de contribuir con el 10% de sus ingresos en beneficio de la investigación y mejoramiento de la especie.
Que las empresas depositaron sus derechos de caza en las Oficinas de la Renta Interna y en el Centro de Desarrollo Forestal.
Que el Gobierno ha dispuesto la reconstrucción y reequipamiento del Colegio Nacional "6 de Agosto" de Trinidad (BENI), como obra prioritaria que requiere de provisión de fondos especiales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Los depósitos efectuados por las Empresas integrantes de la Asociación de Industrias de Curtiembre de Saurios (ASICUSA), en las oficinas de la Renta Interna o del Centro de Desarrollo Forestal, por concepto de derechos de caza, correspondiente a la presente gestión de 1986, por esta única vez, irán en beneficio de ...
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