DECRETO SUPREMO Nº 21286
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Empresa Nacional de Ferrocarriles, para atender en forma oportuna y urgente las necesidades tractivas de su Red Oriental y evitar la paralización del servicio de ferrobuses en aquel sector, requiere con premura adquirir ocho rodamientos para ferrobuses.
Que a este efecto ha cotizado en la firma de la Sra Ximena Kierig, única importadora de estos repuestos, a razón de $us. 1.050.por unidad, totalizando la cantidad de Sus. 8.400.por los ocho rodamientos;
Que conforme estipula el ARt. 18º de la Ley de Adquisiciones (D.L. 15223 de 30 de diciembre de 1977), corresponde la adquisición por invitación directa en caso de ser un sólo proveedor del material a adquirirse, como se certifica en el presente caso por la Subgerencia General Técnica de la ENFE sobre la exclusividad de repuestos para estos ferrobuses importados de Alemania por la mencionada proveedora.
Que conforme determina el Art. 2º del
Decreto Supremo 20857 de 5 de junio de 1985, la adquisición antes señalada debe ser autorizada mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINSITROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la empresa Nacional de Ferrocarriles la adquisición de ocho rodamientos ...
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