DECRETO SUPREMO Nº 20699
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
decreto supremo 19119 de 30 de septiembre de 1982, se aprueba la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí en favor de la Empresa Constructora Bartos y Cia. S.A., para la construcción de la carretera PotosíTarapaya, debiendo cancelarse la obra con fondos provenientes del Convenio de Préstamo BOL 4/10, suscrito por CORDEPO con el Fondo Financiero de la Cuenca del Plata.
Que por
decreto supremo 20592 de 9 de noviembre de 1984, se libera de impuestos fiscales, con excepciones de los impuestos sobre ventas y utilidad presunta a la importación de equipos, herramientas e implementos que fueron requeridos por la Empresa Constructora Bartos y Cía. S.A.
QUE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 7O DE LA PARTE SEGUNDA "NORMAS GENERALES" DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO SUSCRITO ENTRE CORDEPO Y FOMPLATA, EL PRESTATARIO SE COMPROMETE A QUE TANTO EL CAPITAL COMO LOS INTERESES Y DEMÁS CARGOS DEL PRÉSTAMO, SE PAGARÁN SIN DEDUCCIÓN NI RESTRICCIÓN ALGUNA, LIBRES DE TODO TRIBUTO, IMPUESTO, TASA, DERECHO O RECARGO QUE RESULTEN O PUDIERAN RESULTAR DE LAS LEYES DEL PAÍS.-
Que para la construcción de la carretera SucreYotalaTotacoa se dispuso la liberación de todos los impuestos y gravámenes aduaneros, nacionales, departamentales, municipales ...
Hay 594 palabras restantes para leer que son aproximadamente 3 páginas ...