DECRETO SUPREMO Nº 20528
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la H. Alcaldía Municipal de La Paz, con la atribución conferida por las Arts. 200 y 205 de la Constitución Política del Estado, empeñada en solucionar el normal abastecimiento y provisión de pan a esta población, aplicando el
decreto supremo 20212 de 27 de marzo de 1984, ha convocado a Licitación Publica Internacional No. 1/84 para el financiamiento construcción y funcionamiento de tres hornos de panificación.
Que previas las formalidades de ley establecidas en el Decreto Ley No. 15223 de 30 de diciembre de 1977, la Junta Municipal de Adquisiciones en sesión ordinaria de 27 de agosto de 1984, ha adjudicado el financiamiento, construcción y funcionamiento de tres hornos de panificación para la ciudad de La Paz, en favor de la firma SIMPA S.R.L. representada en Bolivia por CAROLINGYA INVESTIMENTS BOLIVIA S.A., por el precio de $us. 2.986.088.-.
Que conviene a los intereses de la colectividad de La Paz contar con el citado financiamiento, construcción y funcionamiento de tres hornos de de panificación, por lo que se hace imperiosa necesidad aprobar lo actuado por tal Junta de conformidad al inc. b) del art segundo del
D.S. 20360 de 26 de julio de 1984.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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