DECRETO SUPREMO No 20413 del 14 de Agosto de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Facúltase a la Empresa de Industrias Lácteas, adquirir en forma directa equipo complementario.
DECRETO SUPREMO Nº 20413 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Gobierno Constitucional atender en forma prioritaria las necesidades alimentarias de la población; Que como consecuencia de los efectos del proceso inflacionario que vive el país, se hace necesario reforzar la dieta diaria con alimentos de alto grado proteinico como la leche y sus derivados; Que el Supremo Gobierno ha puesto en marcha el Programa de Leche Para la Niñez precisamente para cumplir con los objetivos señalados anteriormente; Que ese plan de trabajo será incrementado a corto plazo para aumentar el número de niños beneficiados; Que es necesario reforzar la infraestructura industrial de las Plantas Industrializadoras de Leche de la Corporación Boliviana de Fomento destinadas a este servicio. Que los equipos con que cuentan las Plantas Industrializadoras de Leche son en su totalidad de orígen danés.
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Facúltase a la Empresa de Industrias Lácteas dependiente de la Corporación Boliviana de Fomento a adquirir en forma directa, mediante invitación a los fabricantes, el siguiente equipo complementario: 5 (cinco) máquinas envasadoras para leche y productos lácteos fluídos; 1 (una) máquina envasadora para productos lácteos en polvo, quedando autorizada asímismo para proceder a la compra de 6 (seis) camiones para la ...
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