DECRETO SUPREMO Nº 20200
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno ofreció la ciudad de La Paz, como sede de la III Conferencia sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-III) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Que en fecha 10 del mes de abril de 1984, el Gobierno de Bolivia suscribió un Acuerdo con la OEA relativo a la celebración de la III-CIDIP.
Que en el acuerdo mencionado, se estipula que el Gobierno de Bolivia contribuirá a la organización de la III-CIDIP, con el monto de $us. 100.000. (CIEN MIL DOLARES AMERICANOS) para la financiación parcial de la reunión.
Que es deber del Supremo Gobierno, cumplir con sus compromisos internacionales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas el desembolso de $us. 100.000.-(CIEN MIL DOLARES AMERICANOS) con cargo a fondos del Tesoro General de la Nación, Presupuesto 1984, destinados a cubrir la cuota, parte del Gobierno boliviano, para la celebración de la III-CIDIP.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los fondos mencionados en el artículo anterior serán administrados por la Comisión organizadora de la III-CIDIP, creada mediante
decreto supremo 20199 de fecha 18 de abril de 1984.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de ...
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