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DECRETO SUPREMO No 20189 del 12 de Abril de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autoriza al Bco. Cantral la construcción de un fondo de $b. 2.000.000.000.-, destinados a la concesión de créditos warrant.


DECRETO SUPREMO Nº 20189
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el programa de gobierno de la Unidad Democrática y Popular define como uno de sus objetivos centrales la promoción y fortalecimiento de las formas asociadas de organización de la producción y comercialización agropecuaria campesina;
Que es propósito del Gobierno Constitucional apoyar y viabilizar la puesta en marcha de instituciones de carácter autogestionaria, orientadas a mejorar las condiciones de vida de los campesinos bolivianos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,


D E C R E T A :


ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia la constitución de un fondo de dos mil millones de pesos bolivianos (2.000.000.000.-$b.), destinado a la concesión de créditos warrant por intermedio del Sistema Bancario a las organizaciones campesinas, sin otra condición que el cumplimiento de los requisitos establecidos por ley para convertirse en sujetos de crédito.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernández Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Flavio Machicado ...

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