DECRETO SUPREMO del 20 de Enero de 1940 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: PROPUESTAS.- MODIFÍCASE LOS PLAZOS PACA LA PRESENTACIÓN DE LAS RELATIVA A LA CONSTRUCCIÓN DE LAS SECCIONES SEGUNDA Y TERCERA DEL F. C. CORUMBÁ-SANTA CRUZ.
DECRETO SUPREMO
PROPUESTAS.- Modifícase los plazos paca la presentación de las relativa a la construcción de las secciones segunda y tercera del F. C. Corumbá-Santa Cruz.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
GENERAL CARLOS QUINTANILLA PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPÚBLICA.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Mixta boliviano brasileña ha expuesto la conveniencia de señalar entre el 7 y 14 de marzo próximo, la fecha para la apertura de las propuestas para la construcción de la segunda y tercera secciones del Ferrocarril Corumba-Santa Cruz y para la provisión del primer lote de material rodante, a fin de evitar una pérdida innecesaria de tiempo y permitir la realización de los trabajos relativos en época seca.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase los plazos señalados por los artículos 4o. del Decreto Supremo de 22 de diciembre de 1939 y 2o. del Decreto Supremo de 3 de enero de 1940 en la siguiente forma:
"ARTÍCULO 4°.- Las propuestas deberán presentarse en La Paz, al Ministerio de Relaciones Exteriores hasta horas 15 del día 14 de marzo de 1940 y serán abiertas y consideradas por la Junta Especial de Almonedas creada para las licitaciones, del F. C. Corumbá-Santa Cruz".
"ARTÍCULO 2°.- Las propuestas se presentarán en La Paz, al Ministerio de Relaciones Exteriores hasta horas 15 del día 14 de marzo de 1940, ...
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