DECRETO SUPREMO No 19920 del 30 de Noviembre de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se autoriza al Banco Central de Bolivia, otorgar un crédito al Banco Agricola de $b. 1.690.418.800.-
DECRETO SUPREMO Nº 19920 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los agricultores cañeros tanto del Departamento de Santa Cruz como del Distrito de Bermejo del Departamento de Tarija, han solicitado al Gobierno la concesión de créditos con destino a las labores de control de malezas y sanidad vegetal de los cultivos de caña de azúcar; Que tradicionalmente se han concedido créditos a los agricultores cañeros del país, a través del Banco Agrícola de Bolivia, para posibilitar la realización de las labores culturales de los cultivos de caña de azúcar, con el propósito de elevar la producción y productividad de la materia prima. Que estas prácticas agrícolas deben ser efectuadas necesariamente en los meses de octubre y noviembre de cada año, para obtener los resultados positivos esperados; por lo que se hace necesaria la concesión oportuna de los créditos destinados específicamente a estas labores; Que es necesario autorizar el financiamiento correspondiente a los efectos de evitar la caída de la productividad de la caña y de esta manera asegurar la producción de azúcar con destino a satisfacer los requerimientos de consumo interno;
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia otorgar en favor del Banco Agrícola de Bolivia, un crédito de hasta $b. 1.690.418.800.-(MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ...
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