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DECRETO SUPREMO No 19920 del 30 de Noviembre de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se autoriza al Banco Central de Bolivia, otorgar un crédito al Banco Agricola de $b. 1.690.418.800.-


DECRETO SUPREMO Nº 19920
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que los agricultores cañeros tanto del Departamento de Santa Cruz como del Distrito de Bermejo del Departamento de Tarija, han solicitado al Gobierno la concesión de créditos con destino a las labores de control de malezas y sanidad vegetal de los cultivos de caña de azúcar;
Que tradicionalmente se han concedido créditos a los agricultores cañeros del país, a través del Banco Agrícola de Bolivia, para posibilitar la realización de las labores culturales de los cultivos de caña de azúcar, con el propósito de elevar la producción y productividad de la materia prima.
Que estas prácticas agrícolas deben ser efectuadas necesariamente en los meses de octubre y noviembre de cada año, para obtener los resultados positivos esperados; por lo que se hace necesaria la concesión oportuna de los créditos destinados específicamente a estas labores;
Que es necesario autorizar el financiamiento correspondiente a los efectos de evitar la caída de la productividad de la caña y de esta manera asegurar la producción de azúcar con destino a satisfacer los requerimientos de consumo interno;

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia otorgar en favor del Banco Agrícola de Bolivia, un crédito de hasta $b. 1.690.418.800.-(MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ...

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