DECRETO SUPREMO No 19764 del 05 de Septiembre de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se aprueban a partir de la fecha tarifas para el transporte urbano de pasajeros.
DECRETO SUPREMO Nº 19764
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario regular las tarifas de transporte urbano, tomando en cuenta la densidad de la población y recorrido de los servicios públicos de pasajeros.
Que el servicio de transporte urbano debe compatibilizar las necesidades de la población y los requerimientos de los transportistas, quienes en la importación de sus unidades han sido beneficiados con liberaciones en razón del servicio público que deben prestar.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueban a partir de la fecha las siguientes tarifas para el transporte urbano de pasajeros:
a) Para la ciudad de La Paz (con excepción de los circuitos internos del Alto de La Paz) y Santa Cruz servicio urbano de microbuses y colectivos VEINTICINCO PESOS BOLIVIANOS ($b. 25.-), por recorrido de punto inicial de partida a terminal de llegada.
b) Para las ciudades de Oruro, Cochabamba, Potosí, Sucre, Tarija, Trinidad y Cobija se fija en VEINTE PESOS BOLIVIANOS ($b. 20.-) el servicio de transporte urbano de pasajeros de punto de partida a terminal de llegada.
c) Las tarifas urbanas en los circuitos internos de El Alto de La Paz y en ciudades provinciales serán reglamentadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
d) Los estudiantes Universitarios y Normalistas del país ...
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