DECRETO SUPREMO Nº 19458
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que se aprobó mediante
decreto supremo No. 19128 de 10 de septiembre de 1982, el contrato de préstamo a suscribirse con The Overseas Economic Cooperation Fund Japan, por el monto total de 5.564.000.000 de yens, con destino a la rehabilitación del tramo ferroviario Ipías Roboré de la Red Oriental.
Que en el acta de acuerdo de 2 de junio de 1982, suscrita entre la Misión del Fondo de Cooperación para Ultramar de Japón (OECP) y representantes del Banco Central de Bolivia y la Empresa Nacional de Ferrocarriles, con los términos y condiciones previamente acordados en el punto 3, (ii) "Método de contratación de los servicios de consultoría", inciso a), "ENFE desea emplear los servicios de "Japan Railway Techinical Service (JARTS) para la ejecución de los trabajos señalados en el punto (1) por designación directa, ya que JARTS mostró buena experiencia en los estudios de factibilidad del Proyecto y OECF considera que tal designación es apropiada".
Que de conformidad a lo previsto por el Art. 52 de la Ley de Consultoría de fecha 19 de julio de 1979, en los casos de prestación de servicios de consultoría financiados por convenios internacionales, todo lo que no esté cubierto explícitamente en el texto del Convenio, estará regido por ...
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