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DECRETO SUPREMO del 18 de Noviembre de 1940 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: NOTARIOS DE FE PUBLICA.- SE ELEVA A TRECE EL NÚMERO DE ESTOS, EN LA CAPITAL DEL DEPARATAMENTO DE LA PAZ.



DECRETO SUPREMO

NOTARIOS DE FE PUBLICA.- Se eleva a trece el número de estos, en la capital del Deparatamento de La Paz.
MINISTERIO DE JUSTICIA
GENERAL ENRIQUE PEÑARANDA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


QUE EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY DEL NOTARIADO, ESTABLECE QUE, EN LAS CIUDADES QUE TENGAN
.- 30.000 habitantes o más, habrá un Notario de Fé Pública, por cada 10.000 habitantes;
Que por Decreto Supremo de dos de abril de 1940 se ha anexado la Villa de Obrajes a ¡a circunscripción urbana de la ciudad de La Paz;
Que el índice de población de la ciudad de La Paz, actualmente arroja un total no menor de 300.000 habitantes, existiendo tan solo doce notarios, número que no alcanza a subvenir a las necesidades del público en general;


DECRETA:


ARTÍCULO ÚNICO.- Se eleva a trece el número de Notarios de Fé Pública, en la capital del Departamento de La Paz, debiendo el último tener residencia fija en Obrajes, quien de conformidad al artículo 3o. del Decreto Ley de 29 de diciembre de 1939 asumirá también las funciones de oficial del Registro Civil.
El señor Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en ...

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