DECRETO SUPREMO Nº 17804
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por
Decreto Supremo No 17686 de fecha 7 de octubre de 1980, se ha dispuesto dejar sin efecto la incineración de los sobrantes de arroz importado de Pakistán, autorizando su reprocesamiento previo fumigado y desinfección, para su posterior comercialización en el mercado nacional;
Que es necesario encomendar a los Ministerios de Industria, Comercio y Turismo (MICT) y de Asuntos Campesinos y Agropecuarios (MACA), la disposición y control de los trabajos de fumigación y desinfección;
Que atendiendo a la recomendación de la FAO en Bolivia, se ha visto por conveniente confiar la fumigación y desinfeccción de los saldos de arroz pakistani, a una empresa con crédito internacional, para lo que se ha visto conveniente adjudicar en forma directa estos trabajos, de cuatro que presentaron propuestas, a la EMPRESA AGRICOLA "FUDESAM" LTDA., con domicilio principal en la ciudad de Santiago, Chile, la que dispondrá el envió de técnicos a Bolivia quiénes traerán consigo los materiales y productos químicos necesarios cuya internación deberá estar liberada de gravámenes aduaneros y otros, a objeto de bajar los costos para dicho trabajo que se hará efectivo sobre una cantidad aproximada de SIETE MIL TONELADAS METRICAS DE arroz pakistani;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO L.- ...
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