DECRETO SUPREMO No 17432 del 26 de Mayo de 1980 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Concarácter de excepción autorizase a la Federación de Ganaderos de Sta. Cruz importar 20.000 rollos de alambre de púas y liso y grampas, con la rebaja del 80% del derecho arancelario y adicional.
DECRETO SUPREMO Nº 17432
LYDIA GUEILER TEJADA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que la Federación de Ganaderos de Santa Cruz ha soliciado liberación de gravámenes aduaneros a la importación de 20.000 rollos de alambre de púa y liso de 500 metros y grampas, de acuerdo al Convenio suscrito en diciembre de 1979 con el Supremo Gobierno;
Que debido a las inundaciones que asolaron el Departamento de Santa Cruz, hecho éste que motivó la dictación de un Decreto declarando zona de desastre a dicho departamento el año 1979; por las innumerables pérdidas ocasionadas especialmente al sector ganadero de ese distrito, es deber del Gobierno compensar éstas pérdidas, otorgando las facilidades del caso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO ÚNICO.- Con carácter de excepción se autoriza a la Federación de Ganaderos de Santa Cruz la importación de 20.000 rollos de alambre de púas y liso de 500 metros y grampas, con la rebaja del 80 o/o del derecho arancelario y adicional, debiendo tributar los demás conceptos que determina la partida arancelaria 72.26.00.01.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días ...
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