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DECRETO SUPREMO No 17240 del 03 de Marzo de 1980 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autorízase a las empresas públicas, privadas y mixtas, asociaciones y organizaciones en general, la "Revalorización Técnica" de sus activos fijos.



DECRETO SUPREMO Nº 17240
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA


C O N S I D E R A N D O:


QUE EL ARTÍCULO 46 DEL DECRETO NO 11154 (MODIFICADO) Y SU REGLAMENTO PUESTO EN VIGENCIA POR EL DECRETO 12855 DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1975, SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO AUTORIZAR CON CARÁCTER GENERAL A LAS EMPRESAS LA REVALUACIÓN DE SUS ACTIVOS FIJOS O CORRECCIONES MONETARIAS DE VALOR CUANDO SE PRODUZCAN FLUCTUACIONES EN LOS CAMBIO MONETARIOS INTERNACIONALES SUPERIORES AL 15% O CUANDO EN EL TRANSCURSO DE VARIOS AÑOS SE HAYAN ORIGINADO VARIACIONES DE ESA MAGNITUD EN LOS NIVELES GENERALES DE PRECIOS O EN LOS NIVELES PARTICULARES DE ACTIVOS FIJOS EN CONJUNTO;
.- Que las previsiones contenidas en la norma legal mencionada, adquieren actualidad por las medidas de ordenamiento económico de 30 de noviembre de 1979, particularmente por la modificación del tipo de cambio del peso boliviano en relación al dólar americano en más de un 15 %, con el propósito de contrarrestar el proceso inflacionario y los repetidos déficit de la balanza de pagos de los últimos años.
Que es necesario dictar una norma que tenga vigencia permanente, de modo que permita la actualización técnica oportuna de los valores contables de los activos fijos empresariales;
Que el Colegio de Economistas de Bolivia ha recomendado la revalorización técnica de activos fijos, lo ...

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