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DECRETO SUPREMO del 16 de Octubre de 1936 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: ESCUELA DE CABALLERÍA. - ORGANIZASE EL COMITÉ DIRECTIVO DE LOS TRABAJOS Y DETERMINASE SUS ATRIBUCIONES.



DECRETO SUPREMO
ESCUELA DE CABALLERÍA. - Organízase el Comité Directivo de los Trabajos y determínase sus atribuciones.
CORONEL DAVID TORO R.,
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,


CONSIDERANDO:
Que se han iniciado los trabajos de construcción de la Escuela de Caballería, en la ciudad de Cochabamba, los mismos que deben concluirse a la brevedad posible para el funcionamiento de ese instituto de educación Militar;

DECRETA:


ARTÍCULO 1º- Organízase el Comité Directivo de los Trabajos de la Escuela de Caballería, con el siguiente personal: Presidente, el Director de la Escuela de Caballería. - Vocales: el Alcalde del Concejo Municipal de Cochabamba, el Delegado del Comité Pro Cochabamba, con carácter permanente, y el Interventor de la Contraloría.


ARTÍCULO 2º- El Comité tendrá a su cargo:
1.
- La supervigilancia de los trabajos;

2.
- La administración de los fondos;

3.
- El proponer al Ministerio de Defensa Nacional las construcciones dentro del plan general de edificaciones;

4.
- El decidir si las obras se efectuarán por contratadas o por administración directa de la Plana Mayor de la Escuela de Caballería, después de apreciar las propuestas de los trabajos previa convocatoria;


ARTÍCULO 3º.- El Ministerio de ...

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