DECRETO SUPREMO No 16-06-1859 del 16 de Junio de 1859 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: ARREGLO PROVISIONAL EN LOS COLEJIOS DE EDUCANDAS
DECRETO DE 16 DE JUNIO Arreglo provisional en los Colejios de Educandas. EL CIUDADANO JOSE MARIA LINARES PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPUBLICA ETC. ETC.
C O N S I D E R A N D O : 1.º Que los Colejios de niñas no se hallan bajo de un régimen análogo á la instruccion, que debe darse á su sexo, conforme á los progresos del siglo. 2.º Que mientras se dicte el Código de instruccion general y se planteen las escuelas normales, es de necesidad hacer un arreglo provisional en estos establecimientos, de acuerdo con los Secretarios de Estado.
D E C R E T O : Art. 1.º La enseñanza primaria en los Colejios de Educandas, se dividirá en Elemental y Superior. Art. 2.º La elemental comprenderá: 1.º Doctrina Cristiana; 2.º Lectura 3.º Escritura; 4.º Principios de Gramática Castellana con ejercicios de ortografía; 5.º Principios de Aritmética con el sistema legal de medidas, pesos y monedas; 6.º Principios de Urbanidad y Moral; 7.º Costura.
ART.- 3.º La enseñanza Superior abrazará además de una prudente ampliacion de las materias comprendidas en el artículo anterior: 1.º Nociones de Historia Sagrada: 2.º Rudimentos de Geometría, de Geografía é Historia, especialmente la de Bolivia: 3.º Labores propias del sexo: 4.º Elementos de Dibujo aplicables á las mismas labores: 5.º Lijeras nociones de Hijiene ...
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