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DECRETO SUPREMO No 15819 del 15 de Septiembre de 1978 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Homológase el contrato suscrito entre el Gobierno de Bolivia, representado por el Sr, Ministro de Industria, CORDEOR. el Fondo Especial para Bolivia de la CAF y la firma Cadenas Lattya S.A.C.I.F. de Argentina en 5-VI-78, mediante el cual se ha ccnstituído la firma Cadenas de Transmisión Andina S.A.


DECRETO SUPREMO Nº 15819

GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

Que, mediante la Decisión No. 28 la Comisión del Acuerdo de Cartagena ha asignado a Bolivia con carácter exclusivo la producción de Cadenas de Transmisión comprendidas en la subposición NABANDINA 73 ­29.01.00 dentro del Programa de Desarrollo Industrial del Sector Metalmecánico incluyendo en la nómina de productos de Desgravación Automática del mismo Acuerdo de Cartagena;

Que, para el aprovechamiento de dicha asignación el Supremo Gobierno mediante D.
S. No. 11218
de 5 de diciembre de 1973 autorizó al señor Ministro de Industria, Comercio y Turismo a suscribir en su representación el contrato pertinente para la instalación de la industria respectiva, con las facultades inherentes a esta representación;

Que, en ejercicio de esta facultad en fecha 5 de junio de 1978 previas las formalidades del caso se ha suscrito el contrato con la Corporación de Desarrollo de Oruro, el Fondo Especial para Bolivia de la Corporación Andina de Fomento y la firma Cadenas Lattya S. A.
C. I. F., por lo que es necesario la homologación del contrato para los efectos legales pertinen­tes;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

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