DECRETO SUPREMO Nº 14833
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, en ejecución del
Decreto Supremo Nº 14380 y de la Resolución de Directorio de 16 de junio de 1977, para el desmonte, siembra y cosecha de caña de azúcar en San Buenaventura debe adquirir tractores, maquinaria agrícola e implementos;
Que, por
Decreto Supremo Nº 10879 de 22 de mayo de 1973, se concedió a la firma "Fiat Concord SAIC", la exclusividad del mercado nacional en la producción y comercialización directa o indirecta de tractores agrícolas a rueda comprendidos entre las potencias 4-112HP;
QUE, EL ARTÍCULO 4º DE LA MENCIONADA DISPOSICIÓN LEGAL PROHIBE POR EL PLAZO DE 6 AÑOS LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS SIMILARES ARMADOS Y/O DESARMADOS A CUALQUIER PERSONA O INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS.-
Que, CORDEPAZ, de acuerdo al Cronograma de trabajo para la instalación del Ingenio Asucarero en San Buenaventura, debe sembrar 2.000 hectáreas con caña de azúcar, independientemente de la Licitación 02/77 de 5.000 hectáreas;
Que, en consecuencia, procede a la autorización solicitada para la adquisición directa de tractores, maquinaria agrícola complementaria e implementos de fabricación nacional marca FANATRAM:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Corporación ...
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