DECRETO SUPREMO Nº 14726
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Convenio suscrito el 19 de junio de 1970 el Gobierno de Dinamarca concedió a Bolivia un crédito de 15.000.000.-de coronas danesas libre de intereses y a 25 años plazo con un período de gracia de 7 años. De este crédito, con
Decreto Supremo Nº 10096 se concedió a la Corporación Boliviana de Fomento un sub-préstamo equivalente a $us. 690,638.40, fijándose una tasa de interés en el sub-préstamo de 4% anual, un período de gracia de seis años y un plazo de pago de 20 años;
Que, el
Decreto Supremo Nº 12204 concedió a la Corporación Boliviana de Fomento la totalidad del Segundo Crédito Danés de 20.000.000 de coronas danesas, concedido a Bolivia por el Gobierno de Dinamarca con destino a las plantas industrializadoras de leche de Santa Cruz, Sucre y Tarija, sin intereses y en los mismos términos del convenio bilateral del crédito;
Que, por convenio suscrito en Cochabamba en fecha 15 de mayo de 1977 entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la Asociación de Productores de Leche del Valle de Cochabamba y la CBF se decidió conceder un incremento de 0.40 $b. por kilo de leche, el mismo que beneficia solamente a los productores de leche y debe ser absorbido por PIL-Cochabamba en su integridad, sin ...
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