DECRETO SUPREMO Nº 14081
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE, EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MINERO-METALÚRGICAS TIENE UN ACTIVO DISPONIBLE DE $B. 8.398.600.-PROVENIENTE DE LA RECUPERACIÓN DE FONDOS DEVENGADOS DE LA MINERÍA MEDIANA EN VIRTUD DE LA DISPOSICIÓN DEL ART. 2º DEL
D.S. Nº 10802 DE 6 DE MARZO DE 1973, QUE CREA EL APORTE OBLIGATORIO SOBRE LA EXPORTACIÓN DE MINERALES, RECURSOS QUE PUEDEN SER DESTINADOS A REFORZAR LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA PROPORCIÓN DE $B. 6.062.300.-Y EL SALDO DE $B. 2.336.300.-AL CAPÍTULO DE FUNCIONAMIENTO, A TRAVÉS DE UN PRESUPUESTO ADICIONAL.
QUE, ANALIZADO EL COMPORTAMIENTO PRESUPUESTARIO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MINERO- Metalúrgicas por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en función de las atribuciones legales que le acuerda al Artículo 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero del presente año, se establece la urgente necesidad de reforzar su Presupuesto en los Capítulos de Funcionamiento e Inversión, con cargo a fondos originados en sus Recursos Propios.
Que, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar el merituado Presupuesto Adicional con la relación de ingresos y egresos elaborada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Instituto de Investigaciones ...
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