DECRETO SUPREMO No 14-10-1845 del 14 de Octubre de 1845 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: SUELDO DE EMPLEADOS SUSTITUTOS Y DE LOS QUE SIRVEN DOS DESTINOS LOS MILITANTES ESTAN SUJETOS Á SUS LEYES ESPECIALES.
DECRETO DE 14 DE OCTUBRE
Sueldo de empleados sustitutos ó interinos y de los que sirven dos destinos- Los militares están sujetos á sus leyes especiales.
EL ARTÍCULO 6.º LO EXPLICA LA RESOLUCION DE 11 DE MARZO DE 850- y son relativas las de 27 de Mayo de 851 y 23 de Marzo de 854-así como la de 19 de Enero de 838.
JOSE BALLIVIAN
CAPITAN GENERAL DE LOS EJERCITOS DE LA REPUBLICA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE ELLA ETC.
CONSIDERANDO:
1.º Que las leyes y decretos que designan sueldos á los empleados interinos y accidentales, han dejado vacíos que dan lugar á frecuentes reclamos y consultas:
2.º Que conviene dictar reglas fijas que determinen todos los casos y circunstancias, con sujecion á las leyes y resoluciones que se han expedido:
DECRETO:
Art. 1.º El empleado que supla á otro cuyo destino tuviese mayor dotacion, gozará, sobre el sueldo del suyo, la mitad de la diferencia de uno á otro sueldo.
2.º El ciudadano que fuere llamado á suplir á un empleado licenciado, disfrutará del sueldo que este dejare, con arreglo á la ley de 28 de Octubre de 1840. El que supliere á empleado suspenso del ejercicio de sus funciones y á quien corresponda, durante la suspension, una tercera parte de sueldo, percibirá las dos terceras partes restantes, en ...
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