DECRETO SUPREMO Nº 13224
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el
Decreto Supremo Nº 13096 de 21 de Noviembre de 1975 autoriza al Servicio Nacional de Caminos a suscribir un contrato con la Empresa Estatal "PETROLEO BRASILEIRO S.A. PETROBRAS" para la previsión de 9.327 toneladas de cemento asfáltico, con destino a cubrir las necesidades de construcción y mantenimiento de carreteras y aeropuertos;
Que, entre las obras viales proyectadas por el Servicio Nacional de Caminos y los aeropuertos por AASANA se contempla la pavimentación con base estabilizada de una considerable red de carreteras y aeropuertos construidos y por construirse en las regiones de economía deprimida del País, con empleo de aditivo químico emulsificante que se fabrica en el Brasil, bajo patente;
Que, la Resolución Suprema Nº 178577 de 21 de noviembre de 1975, autoriza al Servicio Nacional de Caminos, la instalación de plantas procesadoras de asfaltos y emulsiones, las mismas que para su funcionamiento, requieren la previsión de materiales, maquinarias, equipos productos químicos y otros;
QUE, DE ACUERDO AL ARTÍCULO TERCERO DEL
DECRETO SUPREMO Nº 13096 DE 21 DE OCTUBRE DE 1975, EL MONTO CORRESPONDIENTE A LA ADQUISICIÓN DE CEMENTO ASFÁLTICO DE "PETROBRAS" DEBÍA SER CANCELADO CON CARGO AL FONDO DE DESARROLLO BOLIVIANO- Brasilero, pero que es decisión del Gobierno Boliviano derivar los pagos emergentes ...
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