DECRETO LEY Nº 11847
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Decreto Ley Nº -11353 de fecha 14 de febrero de 1974, el Supremo Gobierno dispuso la reestructuración del Poder Ejecutivo y la consiguiente modificación de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo.
Que, como consecuencia de dicha reestructuración fue creado el Ministerio de Coordinación de la Presidencia de la República con las atribuciones que se refieren los artículos 10º, 11º y 12º del
Decreto Ley Nº 10460 y 30º y 31º del
Decreto Ley Nº 11353.
QUE, POSTERIORMENTE FUE DICTADO EL
DECRETO LEY Nº 11639 COMPLEMENTARIO DE LAS ANTERIORES DISPOSICIONES LEGALES, SEÑALANDO EN SU ARTÍCULO 2º QUE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS SECRETARÍAS DE LOS CONSEJOS NACIONALES DE ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN Y POLÍTICO- Social, pasan a ser ejercidas por el Ministerio de Coordinación de la Presidencia de la República.
Que, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 11846 del Ministerio de Coordinación pasa a denominarse Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República y el Consejo Nacional de Economía y planificación para a denominarse Consejo de Economia y Planeamiento (CONEPLAN).
Que, para alcanzar los objetivos y una adecuada ejecución de las actividades del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, es necesario definir ...
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