DECRETO SUPREMO No 11257 del 20 de Diciembre de 1973 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Libera de derechos arancelarios a la importación de bienes en favor del Servicio Nacional de Desarrollo de Comunidades emergentes de los convenios de prestamos.
DECRETO SUPREMO Nº 11257
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Convenios Nos. 511-L038 y 511-L-044, el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) ha concedido préstamos al Gobierno de Bolivia, para el financiamiento de los programas que vienen siendo atendidos por el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
Que, en ejecución de los referidos programás el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, precisa realizar adquisiciones de implementos, maquinarias, vehículos repuestos, equipos y accesorios, de firmas comerciales importadoras, previo cumplimiento de las disjosiciones legales que rigen la materia.
Que, los citados Convenios en sus Artículos 4º, Secc. 4,05, disponen la prohibición de utilizar dichos recursos en pagos de impuestos y otros.
Que, para tal efecto, es necesario conceder las liberaciones aduaneras del caso;
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL
DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL
DE ECONOMIA Y PLANIFICACION.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Libérase de derechos arancelarios aduaneros previa presentación de facturas comerciales originales debidamente legalizadas a toda importación de bienes en favor del Servicio Nacional de Desarrollo de Comunidades, que emerja de los convenios de Préstamo AID Nos. 511-L-038 y 511-L-044 y siempre que los mismos no se produzcan en el país.
Los ...
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