DECRETO SUPREMO Nº 11208
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la Constitución Política, la Educación es la más alta función del Estado.
Que la educación fiscal y privada, urbana y rural en sus niveles primario medio y superior no universitario está regida por el Estado mediante el Ministerio de Educación y Cultura de acuerdo al Código de la Educación Boliviana y
D.S. 10704.
QUE, LA LEY DEL SERVICIO NACIONAL DE DEFENSA EN SU ARTÍCULO 22 ESTABLECE QUE "EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO, ES PERSONAL PARA TODOS LOS BOLIVIANOS DESDE LOS 19 AÑOS HASTA LOS 45 AÑOS DE EDAD, SALVO CASO DE INCAPACIDAD FÍSICA, DEBIDAMENTE COMPROBADA".-
Que, de conformidad al Decreto Ley 10298 que crea la Universidad Boliviana (Art.1º), ésta es el órgano principal del ordenamiento institucional de la educación superior estatal en Bolivia, cuyas actividades se desenvolverán bajo la dirección, coordinación y supervisión del Consejo Nacional de Educación Superior (CNES).
QUE, EL CÓDIGO DE LA EDUCACIÓN EN SU ARTICULO 8º INDICA QUE EL ESTADO FOMENTARÁ LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA PROPULARES CON LA COOPERACIÓN DE PREFECTURAS, MUNICIPALIDADES, UNIVERSIDADES Y OTRAS INSTITUCIONES, COORDINANDO LA PLANIFICACIÓN EDUCATIVA EN TODOS SUS NIVELES.-
QUE, EL D.- S. Nº 10329 de fecha 30 de junio de 1972 en su articulo ...
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