DECRETO SUPREMO Nº 10769
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
QUE, EL
DECRETO SUPREMO Nº 08326 DE 9 DE ABRIL DE 1968, ESTABLECE LOS GRAVÁMENES A TODAS LAS EMPRESAS DEL SECTOR PÚBLICO, AUTÓNOMAS Y SEMI- autónomas, autárquicas y semiautárquicas que obtengan Papeletas de Divisas de conformidad a las regulaciones prescritas en el
Decreto Supremo Nº 07995 de 10 de mayo de 1967, los mismos que resultan confusos en su aplicación, tanto por haber asumido el Gobierno de Bolivia las obligaciones del Artículo IV del Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional, como por la nueva clasificación y denominación de las entidodes determinadas en el Decreto de Estabilización Monetaria y Ley de la Organización Administrativa del Poder Ejecutivo respectivamente;
Que, se hace necesario reestablecer la tributación establecida en dicha disposición legal, sin variación alguna acorde con las nuevas obligaciones adquiridas y en los términos y clasificación de la nueva Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Todas las instituciones de la administración central, descentralizada, concentrada y local, consignadas en el Art. 4º. de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, así como las entidades autónomas, semi-autónomas, autárquicas y semi-autárquicas, que obtengan papeletas de venta de divisas del Ministerio de Finanzas y papeletas ...
Hay 292 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...