DECRETO SUPREMO No 10261 del 19 de Mayo de 1972 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Dispone la suspensión de actividades publicas y privadas en Oruroeldía 23-V-72., para la realización del Censo en la citada ciudad.
DECRETO SUPREMO Nº 10261
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, los censos de Población y Habitación son necesarios para la formulación de planes de desarrollo económico social en el país;
Que, el día 23 de mayo de 1972, se levantará el Censo de Población y Vivienda de la ciudad de Oruro;
Que, es necesario garantizar el normal desarrollo del citado empadronamiento, otorgando las facilidades necesarias para su óptima realización.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Dispónese la suspensión de todas las actividades públicas y particulares en la ciudad de Oruro, el día 23 de mayo de 1972, para la realización del Censo de la Población y Habitación de la ciudad del Pagador.
ARTÍCULO 2.- Todos los habitantes de la ciudad de Oruro, están obligados a suministrar, con veracidad, todos los datos que les sean solicitados el día del empadronamiento.
ARTÍCULO 3.- Los datos proporcionados por la población durante el Censo son estrictamente confidenciales y, de acuerdo a las normas estadísticas, serán publicados en cifras globales y promedias.
ARTÍCULO 4.- Los funcionarios dependientes de los organismos del Sector Público, se hallan en la obligación ineludible de prestar su máxima colaboración a las autoridades del Censo, con carácter gratuito y, en caso de ...
Hay 197 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...