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DECRETO SUPREMO No 10127 del 18 de Febrero de 1972 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Créanse los Comités de Defensa de la Flora y Fauna a nivel de capitales departamentales.



DECRETO SUPREMO Nº 10127
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que, es deber del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura, velar por la conservación, manejo y explotación de los recursos naturales renovables del País;
Que, entre dichos recursos seriamente deteriorados se hallan los bosques y la caza, cuya explotación indiscriminada ocasiona la pérdida de fuentes de trabajo, materias primas e ingresos económicos;
Que, la caza exagerada que vienen sufriendo algunas especies de animales silbestres, trae como consecuencia el desequilibrio biológico, provocando problemas serios de salud, como la fiebre hemorrágica;
Que, el Servicio de Recursos Naturales Renovables carece de momento del personal y los medios necesarios para ejercer control eficiente a fin de prevenir, combatir, suprimir y sancionar la explotación irracional de los recursos naturales renovables;
Que, siendo los recursos naturales renovables patrimonio de los bolivianos, se considera necesario la participación de los habitantes en los programas de conservación y manejo de los mismos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Créase bajo la jurisdicción del Servicio de Recursos Naturales Renovables dependiente del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura, Comités de Defensa de la Flora y Fauna a nivel de capitales de departamentos, provincias, cantones y comunidades rurales.


ARTÍCULO 2.- Los indicados Comités, tiene carácter ...

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