DECRETO SUPREMO No 10-07-1939 del 10 de Julio de 1939 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LIMITES SUBURBANOS. - SE RECONOCE A LAS CAPITALES DEL DEPARTAMENTO PANDO.
DECRETO SUPREMO
LIMITES SUBURBANOS. - Se reconoce a las capitales del Departamento Pando.
TCNL. GERMAN BUSCH
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la creación del Departamento Pando, por Ley de 24 de septiembre de 1938, exige señalar con precisión los límites suburbanos de las principales poblaciones establecidas en su territorio;
Que es de interés público facilitar los servicios de acuatizaje y transporte terrestre, destinados a salvar los obstáculos que opone a la navegación, el Río Beni en el lugar denominado Cachuela Esperanza;
POR TANTO, en Consejo de Ministros,
DECRETA:
ARTÍCULO 1O. - Se reconoce a las capitales del Departamento Pando, los siguientes límites suburbanos: a Cobija, capital del Departamento, un semicírculo con radio de Veinticinco kilómetros, sobre territorio nacional; a Porvenir, capital de la provincia Cercado, un circulo con radio de diez kilómetros; a Puerto Rico, capital de la provincia Orton, un círculo con radio de diez kilómetros; a Manoa, capital de la provincia Abuná, un cuadrante de circulo con radio de diez kilómetros, sobre territorio nacional; a Las Piedras, capital de la provincia Madre de Dios, un semicírculo con radio de diez kilómetros sobre territorio del departamento Pando.
ARTÍCULO 2O. - Por razones de necesidad y utilidad públicas, revierte al dominio fiscal, una faja de terreno con diez kilómetros de longitud y cinco kilómetros ...
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