DECRETO SUPREMO N° 0978
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 5 del
Decreto Supremo N° 26516, de 21 de febrero de 2002, establece que el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, suscribirá Convenios Subsidiarios con las entidades ejecutoras beneficiarias, estableciendo obligaciones y condiciones bajo las cuales se transfieren los recursos de donación y/o crédito al beneficiario.
Que el inciso f) del Artículo 46 del
Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como una de las atribuciones de la Ministra(o) de Planificación del Desarrollo ejercer las facultades del órgano rector de los Sistemas de Planificación Integral Estatal y del Sistema Estatal de Inversión y Financiamiento para el Desarrollo.
Que el inciso n) del Artículo 56 del
Decreto Supremo N° 29894, establece como una de las atribuciones del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a traves del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, la de administrar, asignar y controlar los ingresos y los recursos fiscales para programar la ejecución del Presupuesto General del Estado.
Que el
Decreto Supremo N° 29308, de 10 de octubre de 2007, tiene por objeto establecer las normas y procedimientos que deben observar el órgano rector ...
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