DECRETO SUPREMO No 09-07-1856 del 09 de Julio de 1856 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: BENI.-DEMARCACION DE PROVINCIAS, I ARREGLO DE GASTOS EN ESTE DEPARTAMENTO.
DECRETO DE 9 DE JULIO DE 1856 BENI.-
Demarcacion de provincias, i arreglo de gastos en este departamento. EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
1º Que en el departamento del Beni no se ha establecido hasta ahora el réjimen interior adoptado por la lei de 28 de setiembre de 1831 para todos los demás de la República, i que es preciso satisfacer a esa necesidad en bien i progreso de aquellos pueblos. -
2º Que habiendo remitido al Gobierno el actual Prefecto de aquel departamento un plan adecuado a sus necesidades i costumbres, ha merecido en su mayor parte la aprobacion del Gobierno supremo: oido el dictámen del Consejo de Ministros-
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
EL DEPARTAMENTO DEL BENI SE DIVIDE EN CUATRO PROVINCIAS, A SABER.-
Provincia del Magdalena, que se compondrá de los cantones siguientes: Magdalena, capital; Guacaraje, San Ramon, San Joaquin i el Carmen.
Id. del Cercado-Trinidad, la capital; Loreto, San Pedro, San Javier.
Id. del Sécore-San Ignacio, capital: Exaltacion, Santa Ana, San José.
Id. de Reyes-Reyes, capital; Cabinas, Tumupasa, Ixiamas, San Borja.
2º En cada provincia se constituirá un Gobernador cuyas funciones se arreglarán a los que en esta parte dispone la lei de 28 de setiembre de 1831.
3º En cada canton se nombrará con arreglo ...
Hay 822 palabras restantes para leer que son aproximadamente 4 páginas ...