DECRETO SUPREMO del 04 de Enero de 1922 - 3 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: ESCUELAS SUPERIORES.-LOS MAESTROS NORMALISTAS NACIONALES PODRÁN MATRICULARSE EN EL PRIMER AÑO DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO NORMAL SUPERIOR Y DE LA ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO.
DECRETO SUPREMO
ESCUELAS SUPERIORES.-Los maestros normalistas nacionales podrán matricularse en el primer año de estudios del Instituto Normal Superior y de la Escuela Nacional de Comercio. BAUTISTA SAAVEDRA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que los maestros egresados de la Escuela Normal de la Nación poseen la preparación suficiente para seguir los cursos de las Escuelas Superiores de Comercio y de Pedagogía;
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- El Instituto Normal Superior y la Escuela Nacional de Comercio, matricularán en el primer año de estudios a los maestros normales que lo soliciten y que no ejerzan cargo oficial alguno, en las mismas condiciones que a los bachilleres titulados en los colegios y liceos de segunda enseñanza. El Ministro de Instrucción Pública y Agricultura queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 4 días del mes de enero de mil novecientos veintidos años. B. SAAVEDRA.- R. Jaimes Freyre.
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