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DECRETO SUPREMO No 02-12-1889 del 02 de Diciembre de 1889 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: BANCOS HIPOTECARIOS.-SE REGLAMENTA LA LEY QUE AUTORIZÓ A DON ADOLFO BALLIVIAN PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL «BANCO HIPOTECARIO».


DECRETO DE 2 DE DICIEMBRE

BANCOS HIPOTECARIOS.-Se reglamenta la ley que autorizó a don Adolfo Ballivian para el establecimiento del «Banco Hipotecario».
ANICETO ARCE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:


QUE EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 3.- º de la ley de 31 de octubre último, el gobierno debe proceder a la reglamentacion de la referida ley:


QUE EL CONCESIONARIO SEÑOR ADOLFO BALLIVIAN, HA LLENADO LA CONDICION ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 6.- º que previene el depósito de Bs. 5,000, para que la mencionada ley tenga efecto.

DECRETA:


TÍTULO 1.º

Del establecimiento de la sociedad y su objeto.
Artículo. 1.º Conforme a la ley de 31 de octubre de 1889, autorízase al señor Adolfo Ballivian, para formar y establecer una sociedad anónima, bajo la denominacion de «Banco Hipotecario» y con el objeto de suministrar préstamos bajo de hipoteca, a los propietarios de inmuebles que quieran contraerlos, con la facultad de cancelarlos en largo tiempo y por medio de un servicio semestral.
Art. 2.º La sociedad ejercerá los derechos que la ley de 31 de octubre de 1889 y el presente decreto le acuerdan, quedando a su vez sometida a las reglas que ellos establecen
Art. 3.º La esfera de accion del Banco Hipotecario, se extiende ...

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