DECRETO PRESIDENCIAL N° 5685
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 18 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado determina como atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado designar y destituir al Comandante General de la Policía Boliviana.
Que el Parágrafo I del Artículo 251 del
Texto Constitucional establece que la Policía Boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. Ejercerá la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Boliviana y las demás leyes del Estado.
Que el Artículo 252 de la
Constitución Política del Estado dispone que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Artículo 253 de la
Constitución Política del Estado establece que para ser designada o designado Comandante General de la Policía Boliviana será indispensable ser boliviana o boliviano por nacimiento, General de la institución, y reunir los requisitos que señala la ley.
Que el Parágrafo II del Artículo 33 de la
Ley N° 1387, de 16 ...
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